LA FALTA DE ARMONIZACIÓN LEGAL EN UNA TÉCNICA ESPECIAL DE INVESTIGACIÓN

#127-Antonio Eliseo López Acevedo

Resumen

El artículo analiza la falta de armonización legal en el uso del agente encubierto como técnica especial de investigación en México, especialmente frente al combate de la delincuencia organizada.Se destaca que, aunque existen fundamentos constitucionales e internacionales que respaldan estas técnicas, su aplicación presenta vacíos normativos, problemas éticos y tensiones con los derechos humanos. El texto compara experiencias de América Latina y Europa, mostrando la necesidad de unificación legislativa y modernización del sistema penal.Asimismo, se examina el papel del agente encubierto en México conforme al Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional, sus principios (legalidad, proporcionalidad, necesidad, etc.) y su importancia en la obtención de pruebas. Sin embargo, se advierte un conflicto entre la eficacia del Estado en la persecución del delito y el respeto al Estado de Derecho, ya que estas técnicas pueden implicar la participación indirecta en conductas delictivas.Finalmente, se concluye que es necesario fortalecer la regulación, delimitar claramente su uso y garantizar controles legales para evitar abusos.

Palabras Clave

  Agente encubierto
  Técnicas especiales de investigación
  Delincuencia organizada
  Armonización legal
  Derechos humanos
  Derecho penal del enemigo
  Política criminal
  Guardia Nacional
  Proporcionalidad
  Estado de Derecho
  Investigación penal
  Seguridad pública

© 2026 - Revista Tepantlato El códice florentino, en el libro X, capítulo IX “De los Hechiceros y Trampistas”, hace referencia a las actividades del TEPANTLATO o procurador, siendo en concepto etimológico del idioma nahuatl tepan que significa “intercesor” y tlatoa que se refiere a “hablar”.