LA NIÑEZ MIGRANTE EN MÉXICO

#114-Ruth Villanueva Castilleja

Resumen

El artículo analiza la protección de la niñez migrante en México a partir del principio del Interés Superior de la Niñez, reconocido en instrumentos internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño. Este principio obliga a garantizar el pleno ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes, especialmente por su condición de vulnerabilidad.Se destaca la reforma a la Ley de Migración (2020), la cual transforma el enfoque de atención hacia la niñez migrante. Entre sus principales cambios, se prohíbe su alojamiento en estaciones migratorias, se asigna al sistema DIF la responsabilidad de su protección, y se prioriza su bienestar mediante medidas como la reunificación familiar y la evaluación individual de cada caso.Asimismo, se establece que las autoridades deben actuar conforme a planes de restitución de derechos y bajo la supervisión de las Procuradurías de Protección. Esta reforma busca garantizar una atención integral, especializada y respetuosa de los derechos humanos, mediante la coordinación institucional y la capacitación del personal.

Palabras Clave

  Niñez migrante
  Interés superior de la niñez
  Derechos humanos
  Ley de Migración
  Reforma 2020
  Sistema DIF
  Protección internacional
  Reunificación familiar
  Estaciones migratorias
  Procuradurías de protección

© 2026 - Revista Tepantlato El códice florentino, en el libro X, capítulo IX “De los Hechiceros y Trampistas”, hace referencia a las actividades del TEPANTLATO o procurador, siendo en concepto etimológico del idioma nahuatl tepan que significa “intercesor” y tlatoa que se refiere a “hablar”.