LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS MORALES EN LA LEGISLACIÓN MEXICANA
#124-Francisco Xavier García Jiménez
Resumen
La evolución y regulación de la responsabilidad penal de las personas morales en México, destacando que se trata de una tendencia global derivada del uso de empresas para la comisión de delitos, especialmente económicos.Explica que, aunque tradicionalmente el Derecho Penal solo atribuía responsabilidad a personas físicas (principio societas delinquere non potest), la legislación mexicana ha incorporado mecanismos para sancionar a las personas jurídicas cuando los delitos se cometen en su nombre, beneficio o mediante sus medios.Se abordan las bases doctrinales (teorías de la ficción y teorías realistas), así como los criterios de imputación, incluyendo la responsabilidad por actos de sus representantes y por fallas en su organización interna.El texto resalta la importancia del compliance como herramienta preventiva para evitar delitos dentro de las empresas y como posible atenuante de responsabilidad.Asimismo, describe el marco legal mexicano (Código Penal y Código Nacional de Procedimientos Penales), las condiciones para imputar responsabilidad a una persona moral y las sanciones aplicables, que pueden ir desde multas hasta la disolución de la empresa.Finalmente, concluye que México ha adoptado un modelo mixto de responsabilidad penal, combinando la responsabilidad indirecta (vicarial) y la responsabilidad por defectos organizacionales, con el objetivo de proteger el orden social y los bienes jurídicos.
Palabras Clave
Responsabilidad penal
Personas morales
Derecho penal mexicano
Imputación penal
Societas delinquere non potest
Compliance
Delitos corporativos
Responsabilidad vicarial
Defecto organizacional
Sanciones a empresas
Código Nacional de Procedimientos Penales
Política criminal
© 2026 - Revista Tepantlato El códice florentino, en el libro X, capítulo IX “De los Hechiceros y Trampistas”, hace referencia a las actividades del TEPANTLATO o procurador, siendo en concepto etimológico del idioma nahuatl tepan que significa “intercesor” y tlatoa que se refiere a “hablar”.