LA MATERIA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO COMO HERRAMIENTA DISTINTA AL DERECHO FISCAL EN EL ASESORAMIENTO EMPRESARIAL

#140-José Esaú Tapia Rodríguez

Resumen

El artículo analiza la prevención de lavado de dinero (PLD) como una disciplina independiente del derecho fiscal en el asesoramiento empresarial. Señala que la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) no tiene naturaleza fiscal, por lo que no deben aplicarse supletoriamente las disposiciones del Código Fiscal de la Federación (CFF).Se explica que la PLD cuenta con su propio marco normativo y que, en caso de vacíos legales, recurre a otras leyes como el Código de Comercio o la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA), pero no al CFF. A través del análisis de las notificaciones, se evidencian diferencias clave entre materia fiscal y PLD (por ejemplo, el uso del buzón tributario en fiscal vs. medios más limitados en PLD).El texto advierte que una mala asesoría basada en criterios fiscales puede generar sanciones económicas graves. También destaca el papel de autoridades como el SAT y la UIF, así como conceptos relevantes como la “ruta del dinero”, utilizada para rastrear operaciones ilícitas e incluso inmovilizar cuentas bancarias.Finalmente, enfatiza la necesidad de especialización jurídica en PLD y una correcta comprensión de su marco legal para evitar riesgos empresariales.

Palabras Clave

  Prevención de lavado de dinero (PLD)
  LFPIORPI
  Derecho fiscal
  Código Fiscal de la Federación (CFF)
  Supletoriedad
  Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA)
  Notificaciones
  Asesoría empresarial
  SAT
  Unidad de Inteligencia Financiera (UIF)
  Ruta del dinero
  Inmovilización de cuentas
  Cumplimiento normativo
  Sanciones económicas

© 2026 - Revista Tepantlato El códice florentino, en el libro X, capítulo IX “De los Hechiceros y Trampistas”, hace referencia a las actividades del TEPANTLATO o procurador, siendo en concepto etimológico del idioma nahuatl tepan que significa “intercesor” y tlatoa que se refiere a “hablar”.