REGULACIÓN DE LA INTERDICCIÓN CON BASE EN EL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES

#148-Ricardo Adrián Roldán González

Resumen

El artículo analiza la figura jurídica de la interdicción en México, entendida como la declaración judicial que restringe la capacidad jurídica de una persona para ejercer ciertos derechos, generalmente por motivos de discapacidad. Se explica que históricamente ha sido considerada un acto privativo que puede afectar de manera indefinida los derechos de las personas.A partir de criterios recientes, especialmente de la Suprema Corte y de estándares internacionales como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, se cuestiona la validez de la interdicción, ya que vulnera el derecho humano a la capacidad jurídica y a la autodeterminación.Con la creación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (2023), se establece la derogación de los procedimientos de interdicción para adultos, sustituyéndolos por un sistema de apoyos que respeta la voluntad y preferencias de la persona. Este sistema distingue entre apoyos ordinarios (ajustes razonables) y apoyos extraordinarios (personas designadas judicialmente para asistir en la toma de decisiones).En conclusión, el cambio normativo refleja un tránsito hacia un modelo de derechos humanos, que prioriza la dignidad, inclusión y autonomía de las personas con discapacidad.

Palabras Clave

  Interdicción
  Capacidad jurídica
  Derechos humanos
  Discapacidad
  Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
  Apoyos ordinarios
  Apoyos extraordinarios
  Autodeterminación
  Voluntad y preferencias
  Modelo social de la discapacidad
  Tutela
  Inclusión jurídica

© 2026 - Revista Tepantlato El códice florentino, en el libro X, capítulo IX “De los Hechiceros y Trampistas”, hace referencia a las actividades del TEPANTLATO o procurador, siendo en concepto etimológico del idioma nahuatl tepan que significa “intercesor” y tlatoa que se refiere a “hablar”.